jueves, 18 de febrero de 2016

Los comerciantes y los actos de comercio:




Comerciantes:
Se les define así a las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria y están al frente de una empresa.

Personas  mercantiles:
El acto de comercio sirve como base para determinar los sujetos del derecho mercantil; los son tanto quienes realizan actos aislados, como los comerciantes; adquieren la calidad de comerciantes quienes hacen del comercio su ocupación ordinaria, siendo legalmente capaces.


La capacidad mercantil
Como lo señala el artículo 5o. del Código de Comercio, tiene capacidad legal para ejercer el comercio toda persona que según las leyes comunes (Código Civil) es hábil para contratar y obligarse, y a quien las mismas leyes no prohíben expresamente la profesión del comercio.
Actos de comercio:
El acto de comercio es la manifestación de la voluntad cuyo propósito es producir consecuencias jurídicas, en, crear, modificar, extinguir, transferir, conservar derechos y obligaciones.
En el acto de comercio se encuentra condicionado a la legislación, es decir a la calidad de ciertas actividades que se encuentran previstas en el código de comercio art 75.

Artículo 75.- La ley reputa actos de comercio:
I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;
II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
III.- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
IV.- Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio;

V.- Las empresas de abastecimientos y suministros;

¿Cómo nace el Derecho Mercantil como el conjunto de normas jurídicas que se conocen en la actualidad?:


El Estado es una agrupación humana, fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y mantenido por una autoridad dotada de poderes de coerción, es la forma en la que está organizado políticamente un país, puede considerarse también como la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población.

Los elementos que constituyen a un Estado son:

Territorio.
El territorio, el espacio físico en donde los individuos conviven en sociedad, constituye uno de los elementos esenciales del Estado. El territorio es  necesario para que el estado realice sus funciones y cumpla sus fines. El territorio es fuente de recursos, ámbito de desarrollo de actividades, hábitat de la población y se proyecta como parte del ecosistema terrestre.

Población.
Es aquel grupo formado por personas que viven en un determinado lugar, la población desempeña, desde el punto de vista jurídico, un papel doble. Puede, en efecto, ser considerada como objeto o como sujeto de la actividad estatal.

Gobierno-Poder.
Toda sociedad organizada ha menester de una voluntad que la dirija. Esta voluntad constituye el poder del grupo.

El Gobierno es el conjunto de órganos ejecutores del Poder Público del Estado que realizan la voluntad de éste, ordenando y manteniendo un régimen con arreglo a la Constitución. 


Del estado y su gobernabilidad, se origina el derecho

El derecho se divide en:

Derecho material

Derecho formal

Las normas jurídicas son las reglas de conducta, sancionadas por el Estado a través de sus órganos legislativos, por los procedimientos legalmente previstos, y que contienen sanción en caso de incumplimiento. 
Derecho objetivo: conjunto de normas jurídicas positivas vigentes que forman el sistema jurídico de un país.
Derecho subjetivo: los derechos individuales son muchos, y dimanan del derecho natural y del objetivo.
Derecho público: es el derecho propio del estado y las normas que organizan y regulan sus actividades y facultades, y las relaciones de sus órganos estatales entre sí y de éstos con los particulares.

·         Derecho privado: es una rama del derecho positivo, y regula los intereses de los particulares. El derecho privado se encarga de estudiar y regular al Derecho Mercantil.

línea de tiempo historia del derecho mercantíl


viernes, 5 de febrero de 2016

relación del derecho mercantil con otras ramas

RELACIÓN DEL DERECHO MERCANTIL CON OTRAS RAMAS
El  derecho   comercial   es   una   rama   del   derecho   privado   que   tiene   sus   propias normas, sin embargo, en su aplicación se relaciona con otras ramas del derecho conforme se detalla a continuación.
DERECHO PUBLICO Y PRIVADO
El Derecho laboral tiene especialmente relaciones e interferencias con las diversas ramas del Derecho público y privado, sobre las que ha influido durante el curso de su evolución, modificando tradicionales conceptos e introduciendo formas en sus instituciones mediante la socialización de las libertades que no existen sólo en beneficio del hombre, sino también para la sociedad de que forma parte.

DERECHO CONSTITUCIONAL
Principios y normas de la Constitución Nacional en materia de trabajo. Dicha rama del Derecho público interno estudia la Constitución de un país, esto es, la organización jurídica de la vida integral del Estado. De ahí que una Constitución sea el mismo Derecho constitucional reducido a normas prácticas declarativas, preceptivas o imperativas, dictadas por el pueblo en virtud del poder constituyente, como dueño de la soberanía originaria.
Por tanto, las normas jurídico-laborales han de conformarse a los principios y garantías fundamentales proclamados en la Constitución de cada país.
Todas las constituciones modernas de contenido liberal-social, consagran principios políticos, económicos y financieros.

DERECHO POLÍTICO.
La política social: antecedentes, concepto, fines y orientación contemporánea. El derecho político estudia el aspecto jurídico de la organización y funciones del Estado. Tiene por objeto estudiar la teoría general de Estado, que comprende: el concepto, elementos, soberanía, personalidad, fines, formas del Estado y las formas gobierno. Este derecho se halla constituido por dos elementos: jurídico y político. En consecuencia, guarda vinculación con la Política o ciencia práctica del Estado.
En efecto, la concentración de capitales, el desarrollo de la gran industria y la abstención completa del Estado para intervenir en la vida económica y social de la nación posición ésta sustentada por el individualismo político y el liberalismo económico, sumieron en la época señalada a las masas proletarias de las fábricas y talleres, en condiciones precarias de existencia e indefensión social.
El trabajo fue considerado entonces, independientemente de la persona del trabajador, como una mercancía semejante a las demás y sujeta a la ley económica de la oferta y la demanda que determinaba las condiciones de su utilización por el empresario capitalista.

DERECHO ADMINISTRATIVO.
En opinión de ilustrados especialistas, el Derecho administrativo es la dinámica del Derecho constitucional pues, el conjunto de principios y normas que lo integran, disciplinan la actividad total del Estado para el cumplimiento de sus fines.
En todos los países, existe una organización administrativa del trabajo, esto es, nuevos órganos del Estado instituidos con distintas denominaciones: Ministerio, Departamento o Dirección del Trabajo, Institutos de Seguridad o de Previsión Social, para atribuirles como funciones: el régimen del trabajo y de la seguridad social, la fiscalización del fiel cumplimiento de las leyes y reglamentos laborales.

DERECHO PENAL 
Como sistema positivo, el Derecho penal comprende el conjunto de normas jurídicas que determinan los delitos  las penas y medidas adecuadas para prevenir la criminalidad. De ahí sus vinculaciones con el Derecho laboral.
Pueden acaecer con motivo del desarrollo de las huelgas de trabajadores, de los pares o cierres patronales, del uso violento de medios de acción directa en los conflictos laborales colectivos o de la perturbación arbitraria del orden y la disciplina en el trabajo, hechos delictuosos o contravencionales comunes que caen dentro de la órbita del Derecho penal.
DERECHO CIVIL.
El Derecho civil o Derecho privado común, es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones más universales de las personas, respecto a la familia y la propiedad. Su contenido se halla integrado por las siguientes instituciones: familia propiedad, obligaciones, contratos y sucesiones.
Por su amplio significado normativo, el Derecho civil es supletorio del laboral, y se lo aplica a falta de normas legales o contractuales de trabajo que diriman el caso controvertido.

DERECHO MERCANTIL.
El Derecho comercial o mercantil, como rama del Derecho positivo privado, es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones derivadas del comercio. En otros términos, establece reglas especiales para los comerciantes y los actos de comercio, que hacen pasar las mercancías de quienes la producen a quienes las consumen.
Dicha rama del Derecho privado tiene vinculaciones con el Derecho laboral, porque las leyes del trabajo o de previsión y seguridad social, extienden sus beneficios y garantías mínimas a los empleados de comercio, y debe cumplirlas el empresario comercial para la contratación de los servicios de sus auxiliares.

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
El estudio de esta rama del Derecho, comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los Estados como entes soberanos o con otras organizaciones internacionales creadas por acuerdo de los mismos.
Al enunciar los caracteres relevantes del Derecho laboral, hemos destacado su tendencia universalista alcanzada mediante convenciones internacionales, conferencias y tratados bilaterales o plurilaterales que regulan instituciones análogas en países de distintas razas y culturas.

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
La protección del trabajo de los nacionales en el extranjero y el de los extranjeros fuera de su patria. Dicha rama de la Ciencia jurídica que tiene su raíz en los derechos internos privados, establece las normas aplicables cuando una misma relación jurídica se ha originado o desenvuelto bajo distintas soberanías. Su objeto es el estudio de aquellas relaciones que interesan a más de una regla jurídica nacional, para resolver los conflictos surgidos por la diferencia de legislación entre los distintos países

definición de Derecho mercantíl




Definición del derecho mercantil

Derecho mercantil  se entiende como la rama del derecho que regula las relaciones jurídicas entre comerciantes y empresarios dedicados al comercio.
El Derecho mercantil incluye dentro de su jurisdicción: el transporte por tierra y mar, la marina mercante; seguros de vida y de accidentes, letras de cambio y la asociación. Como función también tiene regular los contratos de empresa, las prácticas de contratación, y la fabricación y venta de bienes de consumo.